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Indemnización del Seguro Viajero con Asistencias

indemnización seguro viajero con asistencias

La indemnización del seguro viajero con asistencias puede ser sencilla y rápida si permite que le acompañen nuestras manos expertas.

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Acá le dejamos el listado de requisitos para solicitar la indemnización de cada cobertura, pero los servicios gratuitos para nuestros clientes incluyen asesoría y acompañamiento en la recolección y elaboración de los requisitos, asesoría, presentación y seguimiento de cada caso y mucho más

 

Requisitos de Indeminzación del Seguro Viajero con Asistencias

Para todas las coberturas se deberá presentar la Solicitud de Indemnización. Además, para la indemnización del Seguro Viajero con Asistencias deberá presentar los siguientes requisitos por cobertura:

1. Cobertura de Accidentes

A. Muerte de la Persona Asegurada.

i. Certificado oficial de defunción en el que se especifique la causa de la muerte. En caso de emitirse en el extranjero debe aportarse apostillado.
ii. Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, y apostillado cuando exista proceso judicial.

B. Pérdida de extremidad.

Información médica que valide la ocurrencia del accidente y la pérdida de la extremidad.

C. Incapacidad total y permanente por accidente de la Persona Asegurada.

i. Certificado médico extendido por la Caja Costarricense de Seguro Social, Consejo Médico Forense o un médico designado por el INS en el que se determine que, por alteración o debilitamiento de su estado físico o mental debido al accidente, el Asegurado haya perdido el sesenta y siete por ciento (67%) o más de su capacidad orgánica o funcional que le impida desempeñarse en su profesión o actividad habitual y se indique que la incapacidad se otorga NO SUJETA A REVISION. Dicho certificado debe contener el diagnóstico y la fecha exacta de la valoración médica que dispuso la incapacidad.

ii. Copia de la declaración anual del Impuesto de la Renta.
iii. Constancia salarial.

2. Cobertura de Asistencia para Gastos Médicos

A. Gastos Médicos:

Cuando se efectúe la liquidación en el Centro Médico o en el Hotel, el Asegurado pagará los cien dólares ($100) de deducible que le corresponde y los demás gastos serán cubiertos por el INS.

B. Repatriación de Restos Mortales

La Unidad de Asistencia del INS se encargará de coordinar todos los aspectos.

C. Gastos Adicionales

La Unidad de Asistencia del INS se encargará de coordinar todos los aspectos.

3. Cobertura de Renta Diaria por Hospitalización

La Unidad de Asistencia del INS se encargará de coordinar todos los aspectos.

4. Cobertura de Cancelación y/o Acortamiento del Viaje

Si la cancelación del viaje ocurre cuando el Asegurado no ha salido del país, deberá enviar un correo electrónico a cgspsecretaria@ins-cr.com.
Si la cancelación del viaje se debe a un accidente, enfermedad aguda o muerte del Asegurado o acompañante; del cónyuge, hijos, padre, madre, abuelo(a), hermano(a), yernos, nueras, nietos(as), suegros(as), deberá presentar:

i) Documento de la línea aérea de dicha cancelación.
ii) Facturas de los gastos que haya incurrido por dicha cancelación.
iii) Fotocopia del boleto cancelado.
iv) Documentos que comprueben el monto reintegrado por la aerolínea u hoteles.
v) Constancia que certifique la relación de parentesco.
vi) Certificado de defunción, en los casos de muerte.

5. Cobertura de Retraso en el Viaje

i) Fotocopia del boleto.
ii) Documento de la línea aérea en el que conste el motivo y la cantidad de tiempo (horas), del retraso o suspensión del viaje.

6. Cobertura de Pérdida de Equipaje

En caso de pérdida de equipaje el Asegurado deberá realizar la respectiva denuncia en el mostrador de la aerolínea o naviera correspondiente.

A. Pérdida Temporal del Equipaje

i) Denuncia al Aeropuerto, línea aérea o naval
ii) Fotocopia del pasaje.

b) Pérdida Definitiva del Equipaje

i) Denuncia al Aeropuerto, línea aérea o naval.
ii) Fotocopia del pasaje.
iii) Fotocopia de la indemnización que le dio la línea aérea, o naval.

7. Cobertura de Pérdida de Pasaporte

La Unidad de Asistencia del INS le comunicará al Asegurado los pasos a seguir en la coordinación de este beneficio. El Asegurado deberá presentar la solicitud de reembolso por gastos de alojamiento y transporte del asegurado adjuntando la documentación de los gastos efectuados por este concepto.

8. Cobertura de Responsabilidad Civil por Lesión y/o Muerte de Personas

i. Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.
ii. Copia de la licencia de conducir.

9. Cobertura de Honorarios Legales por Accidente de Tránsito

i. Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.
ii. Copia de la licencia de conducir.
iii. Copia de la denuncia policial del Accidente de tránsito que originara la necesidad de contratar asesoramiento legal por parte del Asegurado.
iv. Originales extendidos a nombre del Asegurado de los recibos, y facturas extendidas por el o los abogados que lo hubieran representado, de donde surja claramente el detalle de los conceptos facturados.

10. Cobertura de Fianzas Legales por Accidente de Tránsito

i. Expediente Judicial completo y certificado por la Autoridad Judicial correspondiente, así como apostillado.
ii. Copia de la licencia de conducir.
iii. Originales extendidos a nombre del Asegurado de la fianza abonada o de los recibos, boletas y facturas extendidos por el o los abogados que lo hubieran representado, de donde surja claramente el detalle de los conceptos facturados.

¿Qué paso sigue después de conocer sobre la indemización del Seguro Viajero con Asistencias?

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